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Foto del escritorTanya Jofré

La protección jurídica del ternero en la industria lechera (o la falta de ella)



Es de conocimiento general que la producción intensiva de animales constituye una actividad especialmente cruel con los animales objetos de explotación, sin embargo, existe la percepción general de que la industria lechera es una de las más benévolas.


La explotación del vínculo madre-hijo (vaca-ternero) en la industria lechera constituye el núcleo a partir del cual se desarrolla, por lo que resulta de suma importancia garantizar el cuidado de este vínculo y de la salud física y psíquica tanto de la madre como del hijo. Sin embargo, como es la madre la fuente del producto objeto de comercialización, no es de sorprender que es el ternero el que se encuentra en una situación más vulnerable.


En Chile, de acuerdo con Fedeleche, en el año 2020, se produjeron 2.275,3 millones de litros de leche, concentrándose el 82,9% de dicha producción en las regiones de Los Lagos y Los Ríos. Por otra parte, el consumo y la producción mundial de leche ha crecido en un 20% en los últimos 10 años [1]. De este modo, estamos en presencia de una industria altamente competitiva y demandante, que exige el mayor aprovechamiento del alimento del ternero para obtener el máximo enriquecimiento de las empresas que los explotan.


Desde el momento del parto, la vaca muestra una inmediata respuesta afectiva respecto de su cría, lamiéndolo y preocupándose de proporcionarle el calostro necesario para su nutrición y su sistema inmunológico, durante sus primeras horas de vida, tal como una madre humana hace con su recién nacido. Durante las primeras 3 semanas de vida, el ternero depende exclusivamente de la leche que le brinda su madre, siendo capaz de ingerir hasta 4 litros diarios en promedio, y continuando con su amamantamiento hasta el primer año de vida. No obstante, ello, en la industria lechera, la separación de la madre y la cría se lleva a efecto al cabo de a más tardar un par de días después del parto, y el destete, en lugar de ser un proceso gradual, se hace de forma casi inmediata. Este abrupto cambio, genera ansiedad, tanto respecto de la vaca como el ternero, causando reacciones en su comportamiento [2], así como también deficiencias nutricionales que ven comprometida la salud física de la cría. Por otra parte, estudios recientes han sugerido que, contrario a lo que tradicionalmente se pensaba, el destete tardío conlleva a una mayor producción de leche [3].


Otro problema de bienestar al que se ven expuestos los terneros de la industria lechera es aquél relacionado con su destino después del nacimiento. Dadas las características de algunas razas del ganado lechero, su carne se considera indeseable para su comercialización, por lo que el sacrificio respecto de las crías de sexo masculino al momento de nacer resulta una práctica habitual [4]. En otros casos, las crías masculinas son destinadas a ser criadas para luego ser consumidas como “carne de ternera”, en cuya cría y producción se desarrollan algunas de las prácticas más crueles en la industria pecuaria, tales como la privación de sustancias nutricionales como el hierro, y el encierro en jaulas de madera con espacio reducido.


En Chile, carecemos de normativa especializada destinada a proteger a los terneros de la industria lechera, sin embargo, dado el ámbito de aplicación general de la ley 20.380, le serían aplicables algunas normas compatibles con su naturaleza. De esta manera, el productor lácteo se vería impedido de ejercer las prácticas mencionadas en los párrafos anteriores, en virtud del mandato impuesto por el legislador en el art. 3 de esta norma, conforme al cual es su deber proporcionar a todo animal objeto de su tenencia, a cualquier título, el cuidado, albergue y alimentos adecuados, de acuerdo, al menos, a las necesidades mínimas de cada especie y categoría y a los antecedentes aportados por la ciencia y la experiencia.


Considerando que el alimento adecuado para una cría de vaca, al menos durante sus primeros meses, es la leche de su madre, el destete temprano vendría siendo una práctica ilegal, pudiendo ser sancionada, al menos en teoría, en virtud del delito de maltrato animal del art. 291 bis del Código Penal. En cuanto a la posibilidad de obtener sanción administrativa en virtud del art. 13 de la ley 20.380, esto queda completamente descartado, al no enmarcarse en sus supuestos. Además, se podría de todas formas, dar cumplimiento pleno al art. 3, por medio del suministro de leche suplementaria artificial, por lo que la destrucción del vínculo maternal no violaría norma alguna.


Si bien, la Unión Europea cuenta en la directiva 119/2008/CE con normas que establecen estándares mínimos en la protección de terneros, ésta no se pronuncia directamente sobre el vínculo madre-cría, aunque sí exige que cada ternero sea alimentado con calostro dentro de sus primeras 6 horas de vida (N°15 Anexo I). También contiene normas que obligan que los terneros sean alimentados de acuerdo con su edad, peso y necesidades de comportamiento y fisiológicas, resultando esto de especial importancia en relación con la mantención del vínculo materno y de la práctica de amamantamiento.


Como conclusión, resulta de manifiesto y de suma urgencia, la necesidad de contar con normativa especialmente destinada a la protección de los animales de la industria lechera, tanto a nivel nacional como en el resto del mundo, además de contar con instrumentos internacionales protectores, considerando el rápido crecimiento de la industria lechera en el planeta.


 

[1] https://www.consorciolechero.cl/chile/docs/Estrategia-Desarrollo-Sectorial-2010-2020.pdf


[2] XERCAVINS, AGUILAR y BLANCO, “¿Cómo mejorar el bienestar durante la separación de la vaca y el ternero?”, en https://ganaderiasos.com/wp-content/uploads/2017/12/COMO-MEJORAR-EL-BIENESTAR-DURANTE-LA SEPARACION-DE-LA-VACA-Y-EL-TERNERO.pdf


[3] Supra.


[4] PLACZEK, CRISTOPH-SCHULZ, BARTH, “Public attitude towards cow-calf separation and other common practices of calf rearing in dairy farming—a review”, en Organic Agriculture 11, p. 41-50, 2021.

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