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Editorial: ¿Bienestar para los animales acuáticos?

Actualizado: 22 ene 2021


Imagen: shutterstock.com / Tosaphon C


Si bien diversas investigaciones han concluído que los animales acuáticos son seres sintientes, muchos de estos siguen siendo confinados, cultivados y ejecutados por compañías acuícolas con el objeto de satisfacer necesidades humanas. Esta realidad, similar a la que experimentan los animales terrestres que son víctima de la industria agrícola, difiere de la última en la inexistencia de cánones de bienestar claramente definidos.


Sin embargo, a finales del pasado año el Aquatic Life Institute (ALI), junto con un grupo de expertos mundiales, creó una guía completa, primera en su género, sobre el bienestar de los animales acuáticos salvajes y de cría. Lo anterior podría ser considerado por algunos como un avance, en cuanto el bienestar animal de los animales acuáticos no ha sido un tema de particular interés en nuestros discursos morales y jurídicos predominantes.


A modo de ejemplo, en Chile, el artículo 13 F de la Ley N°18.892 de Pesca y Acuicultura establece que “La acuicultura deberá contemplar normas que resguarden el bienestar animal y procedimientos que eviten el sufrimiento innecesario”. Sin embargo, no establece expresamente en qué consistiría dicho bienestar, el cual no es prioritario en el contexto de una ley y de una institucionalidad dirigida a explotar a estos animales como recursos -y que por lo demás prefiere a la ley N°20.380 Sobre Protección de Animales-.


Así las cosas, la importancia y la crudeza del hito marcado por las recomendaciones del ALI no radica en el supuesto avance de las fronteras de consideración moral humanas, ni tampoco en una reivindicación de aquella dignidad o libertad que le hemos arrebatado a muchos de los habitantes no humanos de este planeta.


Lo relevante y abrumador de éste es el percatarnos de que por siglos hemos explotado a una innumerable cantidad de estos individuos sintientes -que hoy alcanzan las decenas de millones de toneladas anuales- en condiciones peligrosas para estos individuos, el ser humano y los ecosistemas, sin haber existido aún el menor cuestionamiento cultural de la práctica, extensión y condiciones en las que se desarrolla esta industria, al menos en lo que respecta al respeto del valor inherente que cada ser sintiente reviste. Hasta ahora.


Al día de hoy, ya podemos hablar acerca de criterios concretos que nos permitirían definir el “bienestar” de los animales acuáticos en los contextos ya descritos. Pero ¿Acaso no radica el genuino bienestar de estos individuos en su libertad frente al humano y en la supresión de toda forma de explotación y dominación ejercida sobre ellos?


Centro de Estudios de Derecho Animal

CEDA Chile

 

Según cifras oficiales de la FAO, durante el año 2018 se cultivaron alrededor de 82.000.000 de toneladas de animales acuáticos en el mundo. Si bien es difícil estimar cuantas vidas representaría dicha cifra, podemos efectuar el siguiente cálculo: Un pez como el salmón del atlántico puede ser faenado entre los 3 y los 5 kg de peso. Si estimamos que un pez cultivado de otra especie tendría proporciones similares a las de un salmón del atlántico, y si obviamos la existencia de otros animales distintos a los peces que también son víctimas de esta industria (como mariscos), podríamos concluir que, en base a un peso promedio de 4 kg por animal cultivado, durante el año 2018 murieron alrededor de 20.500.000.000 de animales. Lo anterior equivaldría a más del doble de la población humana del planeta.


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